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Subvenciones directas de 30.000 euros a la Real Sociedad Geográfica y al Observatorio del Ebro

El Ministerio de Transportes concede por vía directa 20.000 euros a la Real Sociedad Geográfica y 10.000 al Observatorio del Ebro para financiar sus actividades de difusión geográfica e investigación geofísica en 2026.

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Importe 30.000 € 20.000 euros (Real Sociedad Geográfica) y 10.000 euros (Observatorio del Ebro)
Quién lo recibeReal Sociedad Geográfica y Observatorio del Ebro
Quién lo pagaMinisterio de Transportes y Movilidad Sostenible - Dirección General del Instituto Geográfico Nacional
ProcedimientoConcesión directa

En qué se gasta

Financiar las actividades de difusión geográfica de la Real Sociedad Geográfica y la investigación geofísica del Observatorio del Ebro

El detalle

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible regula por real decreto la concesión directa de dos subvenciones para el ejercicio 2026: 20.000 euros a la Real Sociedad Geográfica y 10.000 euros al Observatorio del Ebro, con cargo a las aplicaciones 17.18.495A.482 y 17.18.495A.483 del presupuesto del departamento.

La Real Sociedad Geográfica, fundada en 1876, es una corporación científica que conserva una biblioteca especializada y una cartoteca con más de ocho mil mapas, algunos de los siglos XVII y XVIII, y representa oficialmente a España en la Unión Geográfica Internacional desde 1922. El Observatorio del Ebro, fundado en 1904, es un instituto de investigación en geofísica, con especial dedicación a la sismología y el geomagnetismo, cuyos registros históricos han servido al Instituto Geográfico Nacional para elaborar mapas geomagnéticos de la península.

Ambas ayudas se otorgan mediante concesión directa al amparo del artículo 22.2.c) de la Ley General de Subvenciones, que exige razones de interés público y social y la falta de conveniencia de acudir a concurrencia competitiva. El texto justifica la excepción por la singularidad de las entidades: sostiene que las labores que realizan no pueden ser desempeñadas por otras organizaciones. No hay por tanto licitación ni comparación de ofertas.

El pago se efectúa de una sola vez y de forma anticipada. Las entidades deben presentar memoria de actuación, relación de gastos y detalle de otros ingresos, y se prevé el reintegro parcial proporcional en caso de incumplimiento o justificación deficiente, así como el reintegro del 10% si no se da publicidad al carácter público de la financiación. Los gastos de bienes inventariables no son subvencionables.

Qué llama la atención: la adjudicación directa sin concurrencia y un objeto descrito en términos generales (actividades de difusión, informes, cursos y publicaciones) en el que no se detallan indicadores de resultado, aunque los importes son reducidos y las entidades tienen trayectoria y vínculo institucional documentado con el IGN.

Índice de escrutinio

Concesión directa sin concurrencia amparada en el artículo 22.2.c) y objeto descrito de forma genérica (informes, publicaciones, cursos, actividades de difusión) sin indicadores de resultado; lo rebajan el importe reducido y la trayectoria y vínculo institucional acreditados de ambas entidades con el IGN.

Valoración generada automáticamente a partir del texto del boletín. Mide cuánto merece este gasto una revisión atenta; no implica irregularidad ni ilegalidad.

Quién aparece

  • Real Sociedad Geográfica beneficiario otro
  • Observatorio del Ebro beneficiario otro
  • Instituto Geográfico Nacional concedente organismo
  • Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible concedente organismo

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Fuente oficial

Identificador BOE-A-2026-23269, publicado por MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLEen el epígrafe «Subvenciones».

Texto oficial en el BOE PDF oficial

Título oficial completo

Real Decreto 955/2026, de 5 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a la Real Sociedad Geográfica y al Observatorio del Ebro durante el ejercicio presupuestario 2026.

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